<p style="text-align: justify;"><strong>Mérida, Yucatán.-</strong> Abril es el mes para la declaración anual de personas físicas con actividades por honorarios, empresariales, enajenación o adquisición de bienes.</p> <p style="text-align: justify;">Todas las personas que en 2018 tuvieron algún ingreso por estos conceptos o que estén inscritas en la <strong>RFC </strong>por estas actividades tienen como máximo el 30 de Abril para hacer su declaración anual. Así lo informó. <strong>Leticia Martínez Medina </strong>Administradora de Servicios al Contribuyente de Yucatán.</p> <p style="text-align: justify;">Esta declaración se deberá llevar a cabo en las oficinas físicas del <strong>SAT </strong>o bien en www.sat.gob.mx. Al igual dijo que en pro de facilitar a los contribuyentes se pone a disposición un anexo del <strong>SAT</strong> en la calle 60 y su sitio electrónico</p> <p style="text-align: justify;"><u>Para este año se espera que un total de <strong>69 millones de personas</strong> realicen su declaración anual, un 6% más que en comparación al del 2017</u>. Mencionó que para el 1 de Abril del 2018 un 92% de todo los contribuyentes participantes en 2017 ya reflejaban un saldo a favor.</p> <p style="text-align: justify;">Los horarios de atención puede consultarlos en www.sat.gob.mx</p>