La SCJN reiteró su criterio de exigir el requisito de “no tener antecedentes penales”

Economía / Chetumal

sábado, 22 de febrero de 2020 11:34

Chetumal, Q. Roo. - Hoy día La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión del Tribunal Pleno, reiteró su criterio en el sentido de que exigir el requisito de “no tener antecedentes penales” para ejercer una actividad, sin hacer distinción o excepción alguna, viola los principios de igualdad y no discriminación establecidos en el artículo 1o. de la Constitución General, al ser discriminatorio contra las personas físicas que cuentan con ese tipo de antecedentes.

Asimismo, resolvió que exigir dicho requisito tratándose de personas jurídicas o morales atenta contra su libertad de trabajo, comercio e industria, contenida en el artículo 5 de la Constitución General

Son inconstitucionales las normas que exigen la carencia de antecedes penales para ejercer una actividad, declaró la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), al invalidar disposiciones legales de Baja California Sur, Sonora e Hidalgo.

 

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