<p style="text-align: justify;">Noticias Canal 10.- El pasado lunes 10 de septiembre, la oficina del director general de <strong>Petróleos Mexicanos</strong> (Pemex), <strong>Carlos Treviño Medina</strong>, recibió una ficha informativa del titular de la Unidad de Enlace Legislativo de la petrolera, <strong>Francisco Guzmán Lazo</strong>, con copia para todos los directores corporativos de filiales y subsidiarias, en la cual se les informa que el límite salarial autoimpuesto por el presidente electo de 108 mil pesos mensuales, “no aplica a<strong> funcionarios de Pemex</strong>”.</p> <p style="text-align: justify;">Les detalla que conforme a la <strong>Ley Reglamentaria </strong>del Artículo 127 Constitucional “que finalmente se apruebe, no aplicaría para el personal de Pemex, a menos que se deroguen las disposiciones constitucionales, actualmente en vigor”.</p> <p style="text-align: justify;">El jueves pasado, el <strong>Pleno de la Cámara de Diputados </strong>avaló la <strong>Ley Federal de Remuneraciones</strong> de los Servidores Públicos para regular sueldos y prohibir que ningún funcionario gane más que el presidente electo, Andrés Manuel López Obrador. La ley pasó al poder Ejecutivo para su revisión y eventual promulgación.</p> <p style="text-align: justify;">En el documento se da por hecho que la iniciativa de ley relativa a las remuneraciones de los servidores públicos, Reglamentaria del Artículo 127 Constitucional “responde a la propuesta realizada sobre esta materia por el presidente electo, y seguramente serán analizadas, en fast track por las comisiones correspondientes, y el proyecto que en definitiva dictaminen será puesto a la consideración del <strong>Pleno de la Cámara de Diputados</strong> y, en el caso de ser aprobado, turnado al Senado como la Cámara revisora”.</p> <p style="text-align: justify;">El medio de EL UNIVERSAL consultó a Pemex sobre la veracidad del documento y su posición respecto del tema.</p> <p style="text-align: justify;">Funcionarios de la empresa reconocieron que la ficha informativa “efectivamente llegó a la oficina de la dirección general, con el asunto: proyecto de iniciativa de la ley de remuneraciones de los servidores públicos de la federación”.</p> <p style="text-align: justify;">Comentaron que “Pemex siempre se va regir por la ley y el reglamento en materia de remuneraciones y por lo que marque el Legislativo”.</p> <p style="text-align: justify;">Actualmente, de acuerdo con el portal de <strong>transparencia de Pemex</strong>, el director general de la petrolera recibe un salario bruto de 220 mil 493 pesos mensuales. Los directores corporativos de subsidiarias pueden llegar a ganar 180 mil pesos al mes.</p> <p style="text-align: justify;">Los consejeros profesionales tiene un salario bruto de 179 mil 750 pesos mensuales; los subdirectores corporativos 172 mil pesos, y los gerentes corporativos 163 mil 700 pesos.</p> <p style="text-align: justify;">De las repercusiones del cambio a la <strong>ley de remuneraciones </strong>para los servidores públicos de Pemex, la ficha señala que hay un régimen especial para remuneraciones del personal, sustentado en disposiciones de la <strong>Constitución Política</strong>.</p> <p style="text-align: justify;">El artículo 25 cuarto párrafo (actualmente quinto) que dice: el sector público tendrá a su cargo, de manera exclusiva, las áreas estratégicas que se señalan en el artículo 28, párrafo cuarto de la Constitución, manteniendo siempre el gobierno federal la propiedad y el control sobre los organismos y empresas productivas del Estado…En las actividades citadas de la ley establecerá las normas relativas a la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación y demás actos jurídicos que celebren las empresas productivas del Estado, así como el régimen de remuneración de su personal, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas y determinará las demás actividades que podrán realizar (párrafo reformado DOF 20-12-2013).”</p> <p style="text-align: justify;">Artículo vigésimo fracción II, transitorio, del decreto por el que se reforma y adicionan diversas disposiciones de la <strong>Constitución Política</strong>, en materia de energía:</p> <p style="text-align: justify;">Vigésimo. Dentro del plazo previsto en el transitorio cuarto de este decreto, el Congreso realizará las adecuaciones al marco jurídico para regular a las empresas productivas de Estado y establecerá que:</p> <blockquote> <p style="text-align: justify;">“… II. Cuenten con autonomía presupuestal y estén sujetas sólo al balance financiero y al techo de servicios personales, que, a propuesta de la secretaría del ramo en materia de Hacienda apruebe el Congreso. Su régimen de remuneraciones será distinto del previsto en el artículo 127 de esta Constitución”.</p> </blockquote> <p style="text-align: justify;">Por ello, el titular de enlace legislativo informó que no aplica al personal de Pemex, a menos que se deroguen disposiciones constitucionales.</p> <p style="text-align: justify;"> </p> <p style="text-align: justify;">Fuente http://www.eluniversal.com.mx</p>