SCJN elimina prisión preventiva por delitos fiscales

Política / Cancún

<div><strong>Cancún, Canal 10.-</strong> La tarde del jueves, la mayoría de la los ministros de la Suprema Corte votó por invalidar la figura de la prisión preventiva oficiosa para delitos fiscales como defraudación fiscal, facturación falsa y contrabando al considerar que no atentan contra la seguridad nacional ni constituyen delincuencia organizada.</div><div>Sin embargo, se determinó eliminar la prisión preventiva oficiosa para los delitos de contrabando y defraudación fiscal simple, con nueve votos a favor.</div><div><br></div><div>Igualmente, con ocho votos, para quienes incurran en evasión fiscal organizada y simulación de operaciones de facturas.</div><div><br></div><div>Los ministros aprobaron declarar la inconstitucionalidad de la inclusión de diversos delitos fiscales en el catálogo de delitos graves a los que se les aplica la prisión preventiva oficiosa como medida cautelar y que sean equiparados con delincuencia organizada.</div><div><br></div><div>Por unanimidad, se declaró la validez del artículo 113 Bis del Código Fiscal de la Federación, que penaliza la emisión de facturas falsas.</div><div><br></div><div>Pero no hubo consenso con la propuesta del ministro Luis María Aguilar para que la prisión preventiva oficiosa sea una medida que los jueces deban analizar, en lugar de aplicarse de forma automática.</div><div><br></div><div>A favor de esa parte de la propuesta se pronunciaron los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara, Luis María Aguilar, Norma Piña y Margarita Ríos Farjat.</div><p><br></p><p><strong>Víctor Salazar.</strong></p>