Sáb. 14 Jun. 2025

SAT lanza aviso URGENTE a contribuyentes con declaraciones pendientes, esto debes saber

Viernes, 13 de Junio de 2025

Noticias Canal 10.— Si recientemente recibiste un correo electrónico del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en el que te indican que tienes declaraciones pendientes entonces esta nota te podría resultar de mucha utilidad pues te diremos en qué casos las envía y qué es lo que debes hacer para poder regularizar tu situación fiscal y así evitar que te apliquen fuertes multas económicas.

Los correos electrónicos enviados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) están dirigidos a personas físicas que obtengan ingresos de dos o más empleadores derivado de una relación laboral o por asimilados que no hayan presentado sus declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta (ISR) de ejercicios fiscales anteriores.

“Bajo tal contexto y conforme al derecho del contribuyente a ser informado para el correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales en materia de presentación de declaraciones, esta autoridad te comunica que, en las bases de datos institucionales del Servicio de Administración Tributaria, identificó que te emitieron CFDI de nómina, sin embargo, no se observa la presentación de tu Declaración Anual de ISR de personas físicas”, se puede leer en los correos electrónicos enviados por el Servicio de Administración Tributaria (SAT), en los cuales, también se indican los ejercicios fiscales en los que los contribuyentes no realizaron su declaración.

¿Cuáles son las sanciones por no presentar la declaración anual ante el SAT?

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló que las personas físicas a los que les llegó el referido correo electrónicos podrán presentar sus declaraciones pendientes a través del servicio “Declaraciones y Pagos” de su portal oficial, en adición a ello, señaló que, en caso de que no se presenten las referidas declaraciones, los contribuyentes podrían hacerse acreedores a recargos y multas por omisión en el cumplimiento de una obligación fiscal.

“El Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que la falta de pago oportuno del impuesto que resulte a cargo, genera actualizaciones y/o recargos, también puede originar multas por omisión en el cumplimiento de una obligación fiscal o que se actualice uno de los supuestos jurídicos que amerite la restricción temporal del Certificado de Sello Digital y, en consecuencia, la imposibilidad para emitir CFDI e incluso ubicarse en la posible comisión de un delito por defraudación fiscal, por la omisión total o parcial en el pago de contribuciones, conforme a lo establecido en los artículos 108 y 109 del CFF”, se puede leer en el comunicado enviado por el SAT.

Para finalizar, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) señaló que, el haber recibido el referido correo no constituye el inicio de facultades de comprobación y en caso de que los contribuyentes lo requieran podrán solicitar una entrevista de vigilancia profunda para aclarar su situación fiscal en caso de ser necesario, lo cual, también se puede realizar a través del portal oficial de la referida institución fiscal.

En caso de requerir más información en torno a este tema el Servicio de Administración Tributaria (SAT) puso a disposición el teléfono 55 627 22 728, así como sus distintos canales oficiales en redes sociales y su portal web oficial.


Fuente: EL HERALDO