Aprueban en periodo extraordinario, reformas en materia de justicia, seguridad pública y de carácter social

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<p style="text-align: justify;"><strong>Chetumal, Quintana Roo.- </strong>El Congreso del Estado de Quintana Roo concluy&oacute; su tercer periodo extraordinario de sesiones durante el cual se aprobaron una serie de reformas y modificaciones que buscan garantizar la seguridad y e<strong>l derecho de los quintanarroenses a un efectivo sistema de justicia, as&iacute; como la atenci&oacute;n de temas de car&aacute;cter social de inter&eacute;s para la ciudadan&iacute;a.</strong></p> <p style="text-align: justify;">En sesi&oacute;n extraordinaria (la novena en lo que va de estos tres a&ntilde;os), <strong>la XV Legislatura atendi&oacute; 15 dict&aacute;menes en materia de seguridad p&uacute;blica, procuraci&oacute;n de justicia,</strong> derechos humanos, fiscal, tur&iacute;stica, entre otros; adem&aacute;s de emitir tres exhortos promovidos por los legisladores.</p> <p style="text-align: justify;">Por mayor&iacute;a de votos, el Pleno Legislativo aprob&oacute; la Ley de Emergencia Policial, reglamentaria de la fracci&oacute;n X del Art&iacute;culo 90 y del Art&iacute;culo 157 de la Constituci&oacute;n Pol&iacute;tica del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo, reforma con la que el titular del Ejecutivo estatal puede asumir el mando de las polic&iacute;as municipales en casos de emergencia.</p> <p style="text-align: justify;">El dictamen, que fue votado en contra por los diputados Emiliano Ramos Hern&aacute;ndez y Sonia L&oacute;pez Cardiel, se&ntilde;ala que el objetivo de la ley representa reglamentar la facultad del gobernador para emitir &oacute;rdenes a las polic&iacute;as preventivas municipales, cuando determine la existencia de hechos o acontecimientos presentes o futuros inminentes de fuerza mayor, o que por cualquier motivo alteren gravemente el orden p&uacute;blico de uno o m&aacute;s municipios.</p> <p style="text-align: justify;">El documento avalado por mayor&iacute;a establece que el ejercicio de esta prerrogativa ser&aacute; &uacute;nicamente a iniciativa del gobernador del Estado, en condiciones de emergencia estrictamente eventual, temporal y nunca ser&aacute; motivada por fallas o insuficiencias estructurales, ni podr&aacute; incidir permanentemente en las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas municipales en materia de seguridad p&uacute;blica.</p> <p style="text-align: justify;">Si bien la declaratoria corresponde de manera exclusiva e indelegable al Gobernador del Estado, la ley se&ntilde;ala que la supervisi&oacute;n y ejecuci&oacute;n de sus instrucciones operativas podr&aacute;n ser delegadas en el Secretario de Gobierno, el Secretario de Seguridad P&uacute;blica o el servidor p&uacute;blico que designe para tal efecto.</p> <p style="text-align: justify;">En la misma sesi&oacute;n se aprob&oacute; la nueva Ley Org&aacute;nica de la Fiscal&iacute;a General del Estado, ordenamiento que fortalece las capacidades operativas y permitir&aacute; una mejor organizaci&oacute;n para cumplir con eficiencia y eficacia con el mandato constitucional de procurar justicia en forma pronta, expedita, completa e imparcial.</p> <p style="text-align: justify;">Con esta reingenier&iacute;a institucional que plantea la nueva Ley, permitir&aacute; la consolidaci&oacute;n del modelo de justicia y coadyuvar&aacute; al descongestionamiento del sistema penal, facilitando el desahogo de los asuntos, otorgando al fiscal del ministerio p&uacute;blico la oportunidad de centrarse en la investigaci&oacute;n de los hechos.</p> <p style="text-align: justify;">El nuevo ordenamiento traer&aacute; consigo una reestructuraci&oacute;n de la Fiscal&iacute;a General del Estado, a trav&eacute;s de la creaci&oacute;n de las vice fiscal&iacute;as de Investigaci&oacute;n Territorial, de Investigaci&oacute;n Especializada, de Procesos, de Asuntos Internos, de Derechos Humanos, Jur&iacute;dica y Vinculaci&oacute;n Ciudadana, entre otras, &nbsp;as&iacute; como de coordinaciones de atenci&oacute;n especializada para investigar delitos cometidos en agravio de persona o grupos de personas, cuyas caracter&iacute;sticas requieren de la atenci&oacute;n de un protocolo de actuaci&oacute;n especial.</p> <p style="text-align: justify;">Cabe hacer menci&oacute;n, que esta reestructuraci&oacute;n institucional no impactar&aacute; en el presupuesto de la Fiscal&iacute;a General del Estado.</p> <p style="text-align: justify;">El Congreso del Estado aprob&oacute; reformas al C&oacute;digo Penal para modificar en su integridad los elementos del tipo penal de uso indebido de informaci&oacute;n sobre las actividades de seguridad p&uacute;blica y procuraci&oacute;n de justicia, mejor conocido como &ldquo;halconeo&rdquo;. Con ello se sancionar&aacute; a quienes hagan mal uso de informaci&oacute;n y que se pretenda promover acciones delictivas o delimitar las acciones de las autoridades en materia de seguridad.</p> <p style="text-align: justify;"><strong>PROTEGER AL ADULTO MAYOR</strong></p> <p style="text-align: justify;">En el campo de la protecci&oacute;n al adulto mayor, se avalaron reformas al C&oacute;digo Penal y al C&oacute;digo Civil, al establecer una multa de 30 a 100 d&iacute;as y trabajo comunitario de 3 meses a un a&ntilde;o, a quien, ya sea familiar directo o cualquier otro familiar que tenga la obligaci&oacute;n de cuidarlo, abandone a una persona adulta mayor de 60 a&ntilde;os.</p> <p style="text-align: justify;">De igual forma se aprob&oacute; castigar el delito de robo de mascotas, al establecer una pena de 6 meses a 3 a&ntilde;os de prisi&oacute;n y de 10 a 150 d&iacute;as de multa, a quien sustraiga a un animal de compa&ntilde;&iacute;a, sin derecho y sin consentimiento de la persona que lo tenga bajo su cuidado.</p> <p style="text-align: justify;">Los legisladores aprobaron aplicar penas m&aacute;s severas a quien cometa el delito de despojo, al incrementar las penas de 3 a 7 a&ntilde;os y de 300 a 600 d&iacute;as multa (anteriormente las penas iban de 6 meses a 6 a&ntilde;os y de 25 a 250 d&iacute;as de multa).</p> <p style="text-align: justify;">Adem&aacute;s, se establecieron penas para quien extraiga suelo o cubierta vegetal, piedra o tierra natural, de: un &aacute;rea natural protegida de competencia estatal, del suelo de conservaci&oacute;n en t&eacute;rminos de lo establecido en los programas de ordenamiento ecol&oacute;gico, o quien lo lleve a cabo sin contar con los permisos.</p> <p style="text-align: justify;">Tambi&eacute;n se aprob&oacute; la creaci&oacute;n del Centro Estatal de Evaluaci&oacute;n y Control de Confianza, como un &oacute;rgano desconcentrado de la administraci&oacute;n p&uacute;blica estatal dependiente de la Secretar&iacute;a de Seguridad P&uacute;blica, encargado de realizar las evaluaciones de control de confianza requeridos en los procesos de selecci&oacute;n de aspirantes, evaluaci&oacute;n para la permanencia, desarrollo y la promoci&oacute;n tanto para los aspirantes o integrantes de las instituciones policiales, de procuraci&oacute;n de justicia, del sistema penitenciario y de las unidades encargadas de la seguridad p&uacute;blica estatal y municipal.</p> <p style="text-align: justify;">Asimismo, se aprob&oacute; adicionar un art&iacute;culo transitorio al Decreto 194 expedido por la XV Legislatura, para que el titular de la Secretar&iacute;a de Desarrollo Urbano Territorial Sustentable (SEDETUS) ejecute las funciones establecidas para el Instituto Quintanarroense de la Vivienda para poder ejecutar los programas en la materia, en tanto inicia sus operaciones.</p> <p style="text-align: justify;">El Congreso del Estado de Quintana Roo aprob&oacute; modificaciones y adecuaciones a la Ley del Servicio de Administraci&oacute;n Tributaria de Quintana Roo, al C&oacute;digo Fiscal del Estado y a la Ley Org&aacute;nica de la Administraci&oacute;n P&uacute;blica, para eficientar la recaudaci&oacute;n fiscal, al facultar a la Secretar&iacute;a de Finanzas y Planeaci&oacute;n (SEFIPLAN) a realizar revisiones electr&oacute;nicas para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.</p> <p style="text-align: justify;">PROMOCI&Oacute;N TUR&Iacute;STICA</p> <p style="text-align: justify;">En materia de turismo, se aprobaron reformas art&iacute;culos 4, 7 y 9 de la Ley de Turismo del Estado, con las que se fortalecer&aacute; la coordinaci&oacute;n institucional para salvaguardar la integridad y los derechos los quintanarroenses y de los millones de turistas, as&iacute; como permitir la implementaci&oacute;n de las polic&iacute;as tur&iacute;sticas en aquellos municipios que no cuentan con esta figura.</p> <p style="text-align: justify;">Tambi&eacute;n se facult&oacute; a la Secretar&iacute;a de Turismo para que, en coordinaci&oacute;n con el Instituto para la Cultura y las Artes de Quintana Roo, promuevan rutas y programas destinados a la promoci&oacute;n tur&iacute;stica de los lugares declarados patrimonio cultural del estado.</p> <p style="text-align: justify;">A trav&eacute;s de un punto de acuerdo, la XV Legislatura del Estado de Quintana Roo solicit&oacute; de forma respetuosa al licenciado Andr&eacute;s Manuel L&oacute;pez Obrador, presidente de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en lo que dispone el Art&iacute;culo 97 Bis del C&oacute;digo Penal Federal, otorgue indulto total a favor del ciudadano Mario Ernesto Villanueva Madrid.</p> <p style="text-align: justify;"><u>Se emiti&oacute; un exhorto al superintendente de la Comisi&oacute;n Federal de Electricidad en Quintana Roo, para que adopte de manera inmediata las medidas m&aacute;s eficaces para que la verificaci&oacute;n de los medidores de luz de los usuarios finales sea apegada a la ley y se evite as&iacute; acciones de corrupci&oacute;n y extorsi&oacute;n a los usuarios en el Estado de Quintana Roo.</u></p> <p style="text-align: justify;">Finalmente, se aprob&oacute; un punto de acuerdo para exhortar a la Secretar&iacute;a de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para que en ejercicio de sus facultades, competencias y obligaciones realice los estudios correspondientes para declarar &aacute;rea natural protegida, la zona natural conocida como <em><strong>&ldquo;Malec&oacute;n Tajamar&rdquo;</strong></em>, o en su caso, que se anexe al &aacute;rea natural protegida con categor&iacute;a de &aacute;rea de protecci&oacute;n de flora y fauna mangares de Nichupt&eacute;.</p> <p style="text-align: justify;">En el mismo punto de acuerdo, se solicit&oacute; a la autoridad correspondiente realizar los trabajos pertinentes para la restituci&oacute;n del manglar; y al Fondo Nacional de Fomento al Turismo (FONATUR), para que se realice las acciones correspondientes para garantizar el libre tr&aacute;nsito a las personas en la zona natural conocida como <em><strong>&ldquo;Malec&oacute;n Tajamar&rdquo;.</strong></em></p> <p style="text-align: justify;">&nbsp;</p>